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¿Cómo se calcula la pensión de jubilación cuando

             se han prestado servicios en dos o más cuerpos?




    Se tendrán en cuenta los haberes reguladores de todos los cuerpos en los que
                   se haya prestado servicio utilizando la siguiente fórmula:



                      PENSIÓN = R1 x C1 + (R2 - R1) x C2 + (R3 - R2) x C3 + …



    Siendo R1, R2, R3 ... los haberes reguladores correspondientes al primer y a los

    sucesivos Cuerpos y Escalas en que hubiera prestado servicios. Y C1, C2, C3 ...

    los porcentajes de cálculo correspondientes a los años completos de servicio

    efectivo  transcurrido  desde  el  acceso  al  primer  Cuerpo,  Escala...  hasta  el

    momento  de  la  jubilación  o  retiro,  de  acuerdo  con  la  tabla  de  porcentajes

    anterior.                        SEGURIDAD SOCIAL           CLASES PASIVAS

                                       Grupo 1                 A1

                                      Grupo 2                  A2

                                      Grupos 3,4,5 y 8         C1

                                      Grupos 7 y 9             C2

                                    Grupos 6,10,11 y 12         E






        ¿Qué ocurre cuando se cotiza al Régimen General

               de la Seguridad Socila y al de Clases Pasivas?


        Se  pueden  totalizar  todos  los  períodos  de  cotización  de  todos  los

        regímenes, pero debe solicitarlo el interesado, tanto para la adquisición del
        derecho  a  pensión  como  para  determinar  el  porcentaje  aplicable  para  el

        cálculo de la misma.

        La pensión es reconocida por el Órgano o Entidad Gestora del régimen al

        que  hubiera  efectuado  las  últimas  cotizaciones,  aplicando  sus  propias

        normas, pero teniendo en cuenta la totalización de periodos, salvo que en

        dicho régimen no cumpliese las condiciones exigidas para obtener derecho a

        pensión, en cuyo caso resolverá el otro régimen.
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