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¿Cómo se calcula la pensión de jubilación cuando
se han prestado servicios en dos o más cuerpos?
Se tendrán en cuenta los haberes reguladores de todos los cuerpos en los que
se haya prestado servicio utilizando la siguiente fórmula:
PENSIÓN = R1 x C1 + (R2 - R1) x C2 + (R3 - R2) x C3 + …
Siendo R1, R2, R3 ... los haberes reguladores correspondientes al primer y a los
sucesivos Cuerpos y Escalas en que hubiera prestado servicios. Y C1, C2, C3 ...
los porcentajes de cálculo correspondientes a los años completos de servicio
efectivo transcurrido desde el acceso al primer Cuerpo, Escala... hasta el
momento de la jubilación o retiro, de acuerdo con la tabla de porcentajes
anterior. SEGURIDAD SOCIAL CLASES PASIVAS
Grupo 1 A1
Grupo 2 A2
Grupos 3,4,5 y 8 C1
Grupos 7 y 9 C2
Grupos 6,10,11 y 12 E
¿Qué ocurre cuando se cotiza al Régimen General
de la Seguridad Socila y al de Clases Pasivas?
Se pueden totalizar todos los períodos de cotización de todos los
regímenes, pero debe solicitarlo el interesado, tanto para la adquisición del
derecho a pensión como para determinar el porcentaje aplicable para el
cálculo de la misma.
La pensión es reconocida por el Órgano o Entidad Gestora del régimen al
que hubiera efectuado las últimas cotizaciones, aplicando sus propias
normas, pero teniendo en cuenta la totalización de periodos, salvo que en
dicho régimen no cumpliese las condiciones exigidas para obtener derecho a
pensión, en cuyo caso resolverá el otro régimen.