Page 5 - ANPE adscrición e xornada díptico
P. 5

JUBILACIÓN POSTERIOR A LOS 65 AÑOS





       Cuando  se  acceda  a  la  pensión  de  jubilación  a  una  edad

       superior  a  los  65  años,  siempre  que  al  cumplir  esta  edad  se

       hubiera  reunido  el  período  mínimo  de  cotización  de  quince

       años, se reconocerá al interesado un complemento económico

       que  se  abonará  de  alguna  de  las  siguientes  maneras,  a

       elección del interesado:

                Un  porcentaje  adicional  del  4  por  ciento  por  cada  año

              completo  cotizado  entre  la  fecha  en  que  cumplió  dicha

              edad  y  la  del  hecho  causante  de  la  pensión.  A  partir  del

              segundo  año  se  podrán  computar  también  periodos

              superiores             a      6       meses          e       inferiores           aun         año,

              correspondiendo a dichos periodos un 2% adicional. Si la

              cuantía de la pensión con el incremento superase el límite

              máximo             de        percepción               de        pensiones              públicas

              (3.267,60€/mes  para  el  2025)  se  podrá  recibir  una

              cuantía  adicional  que  sumada  a  la  pensión  no  podrá  ser

              superior  al  haber  regulador  del  Grupo/Subgrupo  A1

              (3.665,12€/mes en 2025).

                Una  cantidad  a  tanto  alzado  por  cada  año  completo

              cotizado  entre  la  fecha  que  cumplió  dicha  edad  y  la  del

              hecho  causante  de  la  pensión,  cuya  cuantía  vendrá

              determinada  en  función  de  los  años  de  cotización

              acreditados en la primera de las fechas indicadas. Que se

              incrementará en un 10% si se cotizaron al menos 44 años y

              6 meses.

              Una combinación de las soluciones anteriores conforme al

              RD 371/2023 de 16 de mayo.
   1   2   3   4   5   6   7   8   9   10