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JUBILACIÓN ORDINARIA
                      65 AÑOS                       Edad: Se declara de oficio al cumplir 65 años, salvo prolongación del
                                                    servicio activo.
                                                     Periodo cotizado: mínimo 15 años cotizados.
                                                     Solicitud: No se solicita, la Consejería de Educación envía comunicado
                                                    con dos meses de antelación.
                                                    JUBILACIÓN VOLUNTARIA
                      60 AÑOS                        Edad: mínimo 60 años.
                                                     Periodo cotizado: mínimo 30 años cotizados. Si hubieran de
                                                    computarse cotizaciones de otros regímenes, se requerirá que los
                                                    últimos 5 años estén cubiertos en el Régimen de Clases Pasivas.
                                                     Solicitud: tres meses antes de la fecha de jubilación solicitada.
                                                    JUBILACIÓN DEMORADA
                    + 65 AÑOS                      Edad: hasta los 70 años.
                                                   Requisitos: Informe médico, del equipo directivo y de la Consejería.
                                                   Solicitud: con una antelación mínima de 5 meses y máxima de 6 meses
                                                    JUBILACIÓN FORZOSA
                                                   Edad: 70 años.
                                                    Periodo cotizado: mínimo 15 años cotizados.
                                                    Solicitud: de oficio a los 70 años. Antes a instancia del interesado con tres
                                                   meses de antelación



                    Lesión o proceso
                                                    JUBILACIÓN POR INCAPACIDAD PERMANENTE
                     patológico que
                                                    Requisitos: cuando se vea afectado por una lesión o proceso
                 imposibilita el trabajo            patológico, que le imposibilite totalmente para el trabajo.
                                                    Periodo cotizado: se considerarán como servicios efectivos, además
                                                    de los acreditados hasta ese momento, los años completos que resten
                                                    al funcionario para cumplir la edad de jubilación.
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